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La política de "izquierdas" del PSOE

 
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Autor Mensaje
Santiago Armesilla Conde



Registrado: 09 Oct 2006
Mensajes: 350
Ubicacin: Madrid

MensajePublicado: Lun Feb 11, 2008 2:16 pm    Ttulo del mensaje: La política de "izquierdas" del PSOE Responder citando

Cita:
Las empresas podrán echar a los empleados que estén de baja por enfermedad.

* El Supremo ha declarado improcedente, y no nulo, el despido de una trabajadora que estaba de baja tras sufrir un infarto.
* El principal efecto de la nulidad de un despido es la readmisión del trabajador en la empresa.
* Las compañías tendrán que pagar la indemnización por improcedencia, pero sin tener que readmitir a los empleados.

Despedir a un trabajador que esté de baja por enfermedad no es discriminatorio ni atenta contra la dignidad de la persona. Así lo ha establecido la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una sentencia en la que ha declarado improcedente, y no nulo, el despido de una trabajadora que sufrió un infarto y pasó a la situación de baja por enfermedad, informa Expansión.com.El principal efecto de la nulidad de un despido es la readmisión del trabajador en la empresa. En este caso, su cese en la empresa le fue comunicado a la empleada cuando se encontraba en situación de incapacidad temporal. La mujer lo impugnó, entonces, porque entendía que se trataba de un acto nulo por vulneración de derechos fundamentales.

La mujer impugnó el despido porque entendía que se trataba de un acto nulo por vulnerar sus derechos fundamentales.

Sin embargo, el Supremo, que ya había dicho con anterioridad que el despido en estas condiciones no es discriminatorio, establece ahora con este nuevo fallo que los trabajadores no podrán esgrimir tampoco el argumento de que se ha vulnerado su dignidad e integridad física y moral.

Es decir, refuerza que las compañías puedan despedir a los trabajadores que estén de baja pagando la indemnización por improcedencia, pero sin tener que readmitirles.

El juzgado de lo social que primero estudió el caso dio la razón a la empresa y confirmó la improcedencia del despido, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó tal decisión y declaró la nulidad. Según este tribunal, el despido sí provocó la “lesión de derechos fundamentales”, por lo que obligó a la empresa a readmitir a la trabajadora.

“La dignidad no es un derecho fundamental”

Este planteamineto, no obstante, ha sido vetado ahora por el Supremo, con lo que la cuestión queda zanjada y establecida. Según la sentencia, el despido por enfermedad no afecta a la dignidad y a la integridad física y moral, porque “se distorsiona la realidad de los hechos cuando se afirma que la trabajadora ha sido represaliada por haber ejercitado su derecho a la salud, siendo así que el despido se produce por la situación de incapacidad para el trabajo, no por el parte de baja”.

En relación con el derecho a la dignidad, la sentencia explica que “no es un derecho fundamental susceptible de protección autónoma”.
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Eliseo Rabadán Fernández



Registrado: 12 Oct 2003
Mensajes: 567
Ubicacin: España

MensajePublicado: Mar Feb 12, 2008 5:27 am    Ttulo del mensaje: ESTE ES EL NUEVO FASCISMO RALMENTE EXISTENTE EL DEL PSOE Responder citando

esta noticia es muy GRAVE
al menos para los que somos trabajadores asalariados
es algo para realmente ponerse a reaccionar ante el creciente FASCISMO que está alimentando el Partido Socialista Obrero Español

La cuestión es de tal gravedad que deberíamos reaccionar con firmeza al menos desde estos foros y al revista El catoblepas y el Revolucionario

Santiago Armesilla acaba de publicar un interesantísimo artículo en El Catoblepas acerca de neofeudalismo en el sentido político( dialéctica de Estados-dialéctica de Clases) pero habría que insistir en este aspecto FEUDAL que considera a los trabajadores españoles auténticos siervos de la gleba , la sentencia es casi el camino marcado hacia una vuelta a los tiempos de la esclavitud, ¿ y a esto lo quieren llamar "ciudadanía" los políticos socialdemócratas españoles ?
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