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Homenaje a D. Álvaro D'Ors

 
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Antonio Muñoz Ballesta



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MensajePublicado: Lun Jul 19, 2004 7:10 am    Ttulo del mensaje: Homenaje a D. Álvaro D'Ors Responder citando

Fallece el catedrático de Derecho Romano Álvaro d'Ors
-Hijo de Eugenio d'Ors, era una figura reconocida en el mundo jurídico internacional


El profesor Álvaro d'Ors durante una conferencia en la Universidad de Navarra en 1995.
Manuel Castells


Selección de noticias publicadas en la prensa

Álvaro d'Ors, catedrático de Derecho Romano y profesor honorario de la Universidad de Navarra, falleció el 1 de febrero en la Clínica Universitaria a los 88 años después de una larga enfermedad.

Nació el 14 de abril de 1915, como tercer hijo de Eugenio d'Ors Rovira y María Pérez-Peix, en Barcelona, donde vivió hasta 1922. Por su obstinada resistencia a frecuentar la escuela, no empezó sus estudios regulares hasta los ocho años (cuando la familia vive ya en Madrid), en el Instituto Escuela, donde, tras dos años de preparatorio, cursó el Bachillerato entre 1925 y 1932. Hubo de ser su madre quien le enseñara a leer y escribir cuando tenía ya seis años.

Al período de juventud corresponden los viajes familiares por toda Europa, que le habían de facilitar en su madurez las relaciones académicas internacionales. Su inclinación hacia las Letras se manifestó desde los primeros años de estudio. Sin embargo, d'Ors solía decir que, para su formación intelectual, aparte del trabajo de traducción, lo más decisivo fue el aprendizaje de la cerámica, dibujar mapas y coleccionar insectos.

En las vacaciones estivales de 1931, estuvo en Londres practicando la lengua inglesa. Sus visitas diarias al Museo Británico le "convirtieron" al mundo clásico. Durante el último curso de Bachillerato, según contaba, sólo estudió Griego y Latín.


El catedrático Álvaro d'Ors (izquierda) junto a San Josemaría Escrivá y el Dr. Eduardo Ortiz de Landázuri (derecha) en el rectorado de la Universidad el 30 de abril de 1968.
Luis Fernández Conde


Más de 60 años de actividad docente

Comenzada la carrera de Derecho en el curso 1932-33, su interés por el mundo clásico le llevó a intensificar el estudio del Derecho Romano. Animado por el catedrático José Castillejo explicó desde el año 1934-35 un curso libre sobre partes del programa de la asignatura. Así pues, su ininterrumpida actividad docente se inició hace ya más de sesenta años. Empezó a trabajar entonces en el Centro de Estudios Históricos, donde el profesor italiano Giuliano Bonfante se había encargado de promover los estudios clásicos.

Tras la guerra civil, en el mismo año 1939, asumió parte de la docencia en la Universidad Central, de cuya cátedra de Derecho Romano se encargaba el profesor Ursicino Álvarez, excedente de Murcia. En 1940, se trasladó a Roma para ampliar estudios de Derecho Romano bajo la dirección de Emilio Albertario. Allí elaboró una gran parte de su tesis doctoral sobre la Constitutio Antoniniana, que fue leída en Madrid, en 1941, y galardonada con el Premio Extraordinario de Doctorado.

Durante esos años de docencia en Madrid, trabajó asiduamente en el Instituto Nebrija de Estudios Clásicos, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, y concretamente en la redacción de la revista Emerita, en cuyo Consejo de dirección sigue figurando. En estos años, y estimulado por el tema de su tesis doctoral, se dedicó con interés a la Papirología, en la que es reconocido como precursor dentro del ámbito español. La ocasión de poder estudiar y publicar los nuevos fragmentos de El Rubio, de la ley colonial de Osuna, le adentró en el campo de la Epigrafía, en el que goza de gran prestigio internacional. Asimismo, trabajaba en el Instituto Nacional de Estudios Jurídicos, y especialmente en la redacción del Anuario de Historia del Derecho Español, de cuyo Consejo directivo formó parte hasta 1984. Ha sido miembro también de los Consejos de redacción de la revista italiana IVRA, de la belga Revue Internationale des Droits de l'Antiquité y de la chilena Revista de Estudios histórico-jurídicos.

Premio Nacional de Literatura en 1954

En diciembre de 1943, ganó por oposición la cátedra de Derecho Romano de Granada, pero, ya en el verano de 1944, se trasladó por permuta a la de Santiago de Compostela. Allí contrajo matrimonio con Palmira Lois, en 1945, del que nacieron once hijos. A los cursos ordinarios de Derecho Romano se unieron, de 1947 a 1952, los de una de las cátedras de Derecho Civil, y en los dos cursos siguientes los de la cátedra de Historia del Derecho. En 1954, recibió el premio Nacional de Literatura, por su obra De la guerra y de la paz.

Desde Santiago, acudió regularmente, hasta 1948, a la Universidad de Coimbra, para impartir allí seminarios romanísticos, con el fin de suscitar la vocación de un romanista que la Facultad de Derecho de Coimbra deseaba conseguir. Ésta fue, en efecto, la de su discípulo Sebastián Cruz, luego catedrático de Derecho Romano en aquella Facultad. Esta reiterada colaboración con la Universidad portuguesa culminó años más tarde con el doctorado honoris causa (1983), poco después de que igual distinción le hubiera sido concedida por la Universidad de Toulouse (1972). En 1996 fue investido doctor honoris causa por la Universidad de Roma-La Sapienza.


Álvaro d'Ors recibió la Medalla de Oro de la Universidad de Navarra el 3 de octubre de 1990 de manos del entonces rector Alfonso Nieto.
José Luis Zúñiga


La mencionada docencia en Historia del Derecho le impulsó al estudio de las fuentes jurídicas visigodas, que concluyó, en 1960, con su libro sobre El Código de Eurico.

Desde 1953 que se creó el Istituto Giuridico Spagnolo, en la Delegación romana del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, fue encargado de su dirección. Durante los veinte años que retuvo este encargo, sin dejar su cátedra, viajaba con regularidad a Roma con el fin de atender la supervisión de los trabajos que allí hacían los pensionados. Con este motivo, se intensificaron también sus relaciones con los romanistas italianos, que habían empezado ya el año 1940, cuando él había sido pensionado en Roma.

A esta época corresponde el aumento de su colaboración en la revista Studia et Documenta Historiae et Iuris, especialmente por la crónica de Epigrafía jurídica griega y romana que, durante estos veinte años, escribía trienalmente en esa publicación. Por el Instituto Jurídico Español pasaron como becarios muchos jóvenes juristas españoles, buena parte de los cuales fueron accediendo después a cátedras de las más variadas especialidades jurídicas.

Medalla de Oro de la Universidad de Navarra

En el curso 1961-62 comenzó su labor docente en la Universidad de Navarra, en la que continuó como profesor honorario tras su jubilación oficial en 1985. Hombre de profundas creencias religiosas, se incorporó al Opus Dei en 1949.

Durante los diez primeros años en Pamplona estuvo encargado de la organización de las nuevas Bibliotecas de esta Universidad, culminando así lo que había sido un quehacer constante de toda su vida académica. A esta época corresponde su conocida teoría del creditum, el desarrollo de sus investigaciones en el campo de la filosofía social, que culminan con la teoría de la auctoritas, así como sus más fecundas aportaciones en el campo del Derecho Romano, del Canónico, de la Epigrafía o de la Metodología jurídica. Durante los años previos a la promulgación de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra de 1973, intervino muy activamente en las labores legislativas.


El profesor Álvaro d'Ors recibió el Premio Príncipe de Viana de la Cultura (1999).
Eugenio Zúñiga


Sus servicios como universitario fueron oficialmente reconocidos con el Premio Nacional de Investigación (1972); la Cruz de Alfonso X el Sabio al mérito docente (1974), la Medalla de Oro de la Universidad de Navarra (1990), el Premio de Humanidades y Ciencias Sociales de la Sociedad de Estudios Vascos-Eusko Ikaskuntza (1996); la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort (1998) y el Premio Príncipe de Viana de la Cultura (1999).

Era miembro ordinario del Instituto Arqueológico alemán; miembro correspondiente de la Sociedad de Estudios Romanos; miembro también correspondiente de la Real Academia Gallega; miembro de la Academia de Legislación de Toulouse; de la Academia Portuguesa de Historia, del Instituto Lombardo de Milán; de la Société d'Histoire du Droit de París, y de la Sociedad Argentina de Derecho Romano.

Entre sus discípulos, cabe mencionar a los siguientes catedráticos españoles de Derecho Romano: Pablo Fuenteseca (Universidad Autónoma de Madrid, jubilado); Manuel Jesús García Garrido (Universidad Nacional de Educación a distancia); Jesús Burillo (Universidad de Murcia); Emilio Valiño (Universidad de Valencia); Alejandrino Fernández Barreiro (Universidad de Coruña); Javier d'Ors (Universidad de Santiago de Compostela); Teresa Giménez Candela (Universidad Autónoma de Barcelona); Fernando Betancourt (Universidad de Sevilla); Rafael Domingo (Universidad de Navarra). Entre los catedráticos extranjeros discípulos de d'Ors, se encuentran los chilenos Francisco Samper y Alejandro Guzmán, el portugués Sebastiâo Cruz (1918-1996) y el japonés Nobuo Hayashi.

Algunas de sus principales publicaciones:

Presupuestos críticos para el estudio del Derecho romano (Salamanca 1943).
Introducción al estudio de los documentos del Egipto romano (Madrid 1948)
Epigrafía jurídica de la España romana (Madrid 1953)
El Código de Eurico. Edición y palingenesia (Madrid-Roma 1960).
Papeles del oficio universitario (Madrid 1961).
Sistema de las ciencias I-IV (Pamplona 1969-1977)
Ensayos de teoría política (Pamplona 1979)
Nuevos papeles del oficio universitario (Madrid 1980)
La Ley Flavia municipal. Texto y comentario (Roma 1986)
Derecho privado romano (9ª ed., Pamplona 1997)
Las Quaestiones de Africano (Roma 1997).
Parerga histórica (Pamplona 1997).
La violencia y el orden (2ª ed., Madrid 1998).
La posesión del espacio (Madrid 1998).
Nueva introducción al derecho (Madrid 1999).
Crítica romanística (Santiago de Compostela 1999).
Derecho y sentido común (3ª ed., Madrid 2001)
Bien común y enemigo público (Madrid 2002).






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Antonio Muñoz Ballesta



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MensajePublicado: Mar Jul 20, 2004 9:06 am    Ttulo del mensaje: Responder citando

Estimados foristas,

D. Álvaro D'ors ha sido y es una figura esencial para la filosofía política. EL realismo político y el Materialismo Filosófico Liberal Auténtico se han enriquecido con sus estudios y análisis. La concepción verdadera de las formas políticas es inimaginable sin tener en cuenta el pensamiento de D. Álvaro.

Así el Sr. Lizarza nos resalta la obra "La violencia y el orden", de D. Álvaro D'Ors :

"Doce años después de su 1.ª edición, reaparece ahora esta obra importante. Si entonces tuvo críticas admirativas, hoy éstas han de acrecentarse puesto que el libro conserva toda su vigencia y vigor; toda su lógica, y una preocupante actualidad.

Recuerdo que en el acto de presentación, el 20 de marzo de 1987, en Pamplona, d’Ors nos dijo que escribir el libro significó el reencuentro de muchos capítulos de su vida (en 1936 se enroló en Pamplona en el Ejército Nacional y luego en el Requeté, donde combatió hasta el fin de la guerra como alférez provisional en el heroico Tercio de Navarra); en un volver a atar los hilos del tapiz de su vida del que -como en las vidas de todos- sólo Dios conoce, además del «revés de la trama», el envés del tapiz. En cuanto al libro mismo, el autor indicó que lo había escrito «de un tirón», y que era -y es- la explicación a una importante vivencia: la de haber visto morir a muchos compañeros en la Cruzada. Explicación -continuó diciendo-: «Que no pretendo sea la Verdad (no me considero padre de la Iglesia)». Este libro, en confesión de su autor, «tiene muchos rincones». Han de leerse atentamente sus breves y brillantes capítulos enlazados a través del tiempo: del pasado, en una «Retrospectiva» sobre la necesidad de la guerra española de 1936-1939 y de su carácter de Cruzada;

del presente, en la «Perspectiva», respecto a la legitimidad del poder, al deber de obediencia y a la violencia, esencial para el orden,

y, del tiempo futuro, en «Prospectiva», que contempla la unidad del mundo;

la crisis del Estado, en la teoría y en la realidad, bajo el avance dominante de las multinacionales y de una sinarquía viva y actuante, y de los puntos básicos para un futuro orden de libertad.


Respecto a esta tercera parte (que proyectaba, para un futuro previsible en 1957, el resultado de la convivencia de los vendedores de la II Guerra Mundial, es decir, del comunismo marxista y el capitalista), el autor no ha creido necesario -y el lector atento le dará la razón- modificar nada, por entender que los cambios estratégicos no han alterado el fondo ético de la actual situación mundial.

Hoy el capitalismo parece prevalecer, aunque sin perjuicio de una amplia difusión de teorías marxistas sin consecuencias económicas, pues en nada deben perjudicar, para ser tolerados, los negocios del capital. Es decir, ya no se trata de «capitalismo versus comunismo», sino de una cierta entente.

Este libro del gran romanista y pensador d’Ors ha de considerarse como un texto capital de lo que podemos denominar -como hace su autor- una aportación a la Teología política, admirablemente fundamentada y expuesta."

España, si quiere mantener su unidad debe aprender mucho de D. Álvaro D'Ors.

Saludos cordiales
Antonio Muñoz Ballesta
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Antonio Muñoz Ballesta



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MensajePublicado: Mar Jul 20, 2004 9:13 am    Ttulo del mensaje: Responder citando

Estimados foristas,

Álvaro D'Ors escribió sobre su libro " La violencia y el orden".


"La violencia, esencial para el orden

Si podemos hablar de orden es porque el hombre es capaz de desorden, e incluso se halla relativamente inclinado a él, ya que el pecado original introdujo el desorden en su naturaleza; así, el desorden, y concretamente el pecado, que es el prototipo del desorden, es algo en lo que el hombre «cae», y de lo que debe levantarse por la fuerza que le procura su razón. Esta fuerza que contradice y supera el desorden puede llamarse violencia.

Hay que admitir que el hombre debe superar su propio desorden mediante la violencia que se hace a sí mismo. Aunque desorden parece ser una degradación de orden, en realidad, lo cierto es que el orden es la superación virtuosa del desorden, y, como superación, el instrumento de la perfección humana. Ese es el sentido del dicho bíblico de que la vida es «una perpetua guerra» (Job 7, 1) y el sentido del aserto de que Jesucristo ha venido a traer la contradicción (Lc. 2,34 y 12,51) y la espada (Mt. 10,34).

Lo que es cierto en el orden de la permanente lucha personal contra el propio desorden lo es también respecto al orden social: también la sociedad, en su conjunto, debe ejercer una cierta violencia sobre sí misma para que se mantenga en ella un orden, y no permanecer caída en el desorden. No hay orden posible sin violencia.

Si la violencia se entiende frecuentemente como fuerza contra el orden, esto se debe a que se olvida que ese orden, a su vez, es el resultado de una violencia. Hay así dos sentidos en la palabra violencia: la de fuerza que impone un orden frente a un espontáneo desorden, y la de fuerza que descompone un orden; la confusión se agrava por el hecho de que, a veces, la fuerza tiene que descomponer un orden para imponer otro orden distinto que quien la ejerce considera como un bien superior.

Hablamos de «violencia» y no simplemente de «fuerza» precisamente porque la violencia es, en castellano, la fuerza que se opone a algo. En latín, sin embargo, la palabra vis vale tanto para fuerza como para violencia incluso ilícita; así, la frase vis ac potestas, como endíadis, significa la virtualidad natural de una cosa, pero la vis muchas veces se entiende también como violencia ilícita. En el mismo lenguaje jurídico nos encontramos con vis como equivalente de derecho (ius), por ejemplo, en la expresión vim-dicare de la acción procesal sobre las cosas a las que uno tiene derecho, pero también con vis en el sentido peyorativo de violencia ilícita, por ejemplo, cuando se trata de la expulsión indebida de la posesión de una finca; porque también desde el punto de vista jurídico la vis puede ser constitutiva del orden jurídico o perturbadora de ese orden. Hay en esto una analogía con la palabra «mundo», pues el mundus -el kosmos de los griegos- es el resultado de una creación divina ordenada, pero también se usa «mundo», en el lenguaje cristiano, para aludir al desorden propio de la naturaleza caída, y por eso se une el mundo al demonio y a la carne como los tres enemigos del alma.

El derecho, como declaración de lo que es justo, es un producto de la autoridad; en ella no interviene fuerza actual alguna, pues carece de toda violencia, pero esa declaración no podría integrarse en un verdadero orden jurídico si no se hallara reforzada por un dispositivo jurisdiccional de la potestad capaz de hacer violencia para conseguir la aplicación del derecho. Esto es lo que se quiere decir cuando hablamos de la coacción o coercibilidad (que es la coacción posible) como nota esencial del orden jurídico. Así, el orden jurídico puede ser violado, pero él mismo es el resultado de una violencia constituyente y permanentemente ejecutiva.

La definición tradicional de la justicia como voluntad constante y permanente de dar a cada uno lo suyo, todavía no alude a esa nota de violencia que debe tener un verdadero orden de justicia. El contenido de ésta -lo suyo de cada uno- no proviene de la justicia misma como pura voluntad, sino de la ciencia de la prudencia del derecho, o jurisprudencia, que es la que sabe discernir eso que se debe dar a cada uno; pero se requiere, además de esa declaración de autoridad, que es la jurisprudencia, y de la voluntad de realizarla, que es la otra virtud de la justicia, un dispositivo de violencia para imponerla. Por eso es interesante ver cómo el dulce y manso San Francisco de Sales, comprendiendo esta necesidad de una violencia que haga cumplir el orden de la justicia, añade la nota de «fuerte» en esa definición, cuando dice «la voluntad constante, permanente y fuerte de dar a cada uno lo suyo».

Así es: sin una posible violencia que lo imponga, no puede haber un orden propiamente dicho. Todo orden presupone una violencia constituyente y ejecutiva, aunque también pueda ser este orden subvertido por una violencia contraria.

El que todo orden requiera la violencia para existir conlleva algo mucho más grave, y es que quien impone ese orden debe ser más fuerte que el que intenta incumplirlo o subvertirlo. En otras palabras: que es natural que tenga la potestad el más fuerte, de modo que el más débil deba obedecer y no mandar. Este principio, de que debe gobernar el más fuerte, es algo que resulta intuitivamente natural. Después de todo, cuando se dice, en la doctrina democrática, que debe gobernar la mayoría -más exactamente, quien tenga el apoyo de la mayoría-, esto se funda exclusivamente en la presunción de que los que son numéricamente más son más fuertes que los que están en minoría. Parece algo brutal, pero es real, y profundamente natural y conveniente, pues el gobierno del débil siempre tiende a ser más opresivo que el gobierno del fuerte.

Es una experiencia universal que quien tiene miedo por ser consciente de su debilidad, al hallarse inseguro de su potestad, cubre este déficit con dispositivos supletorios de violencia prestada, que le hacen más injusto y temible. También los que hicimos la guerra sabemos que muchos excesos son producidos por el miedo, pero esto que puede parecer anecdótico no es más que una manifestación particular de ese otro principio más general, según el cual el gobernante fuerte es más clemente, justo y seguro que el débil, que se halla dominado por el miedo. También en el mundo animal parece darse este fenómeno de que la excesiva agresividad de las fieras puede depender de su miedo, aparte ese natural instinto de supervivencia que les lleva a ser depredadores de otros animales más débiles; y eso explicaría que algunas especies aparentemente pacíficas sean, en sus luchas entre los congéneres, las más crueles, como sucede, al parecer, con las palomas. Quizá el gran secreto de la bondad de nuestros antiguos reyes estuviera precisamente en esta ausencia de miedo, en la seguridad que tenían de su potestad; del mismo modo que la pax Romana se impuso, en la Antigüedad, por la gran seguridad del aparato imperial romano, que, por ejemplo, aplastaba el terror de unos cuarenta conjurados contra la vida de San Pablo con una guardia de cuatrocientos soldados de a pie y de a caballo (Act. 23, 23 y ss.). ¡Qué gran seguridad la de ser gobernado por el que es realmente más fuerte! Por que la eventual defensa del débil frente a la potestad no debe buscarse en un expediente siempre insuficiente de fuerza, sino en la razón de la autoridad que limita con su saber a la potestad. Esa ha sido la gran misión de la Iglesia, que, con su superior autoridad, ha defendido al débil a través de los siglos.

Esta necesidad que tiene el orden de contar con una violencia, no sólo constituyente, sino defensiva, tiene una manifestación muy concreta en la licitud del uso de armas.

¿Qué son las armas? Las armas son la prolongación y suplemento de nuestros brazos, y, concretamente, de nuestras manos. La mano ha sido siempre el órgano que simboliza el poder humano, ya que la operatividad del hombre tiene siempre como más inmediato instrumento sus brazos y las manos en que esos brazos terminan. Así como las piernas sirven para huir -y también para seguir dócilmente el recto camino-, los brazos sirven para trabajar y agredir. Tanto para una función como para la otra, el ingenio humano ha inventado objetos complementarios que prolongan la operatividad de los brazos y manos: los instrumentos de trabajo y las armas bélicas o venatorias. Las armas potencian, pues, la fuerza dominadora del hombre, su capacidad defensiva y también su agresividad.

El progreso de la civilización se ha caracterizado por un creciente control social de ese complemento de la violencia personal. En la medida en que la sociedad fue asumiendo la defensa colectiva de los hombres, sea en su lucha contra animales, sea contra enemigos humanos, el hombre singular fue perdiendo la razón de disponer de armas. De este modo, la violencia suma que requiere el orden se fue reservando institucionalmente a los órganos sociales de defensa. Lógicamente, el hombre singular perdió la necesidad del uso de las armas, y éstas quedaron reservadas a aquellas instituciones sociales encargadas oficialmente de la defensa: el Ejército frente a los enemigos exteriores, la Policía frente a los interiores de la sociedad. Sólo con fines muy secundarios, como el de la caza deportiva, se pudo justificar entonces la tenencia de armas por los particulares. Si en algún país se ha mantenido el principio de una libre tenencia de armas por el «pueblo», esto no deja de ser una aberración, aunque tenga su explicación histórica en el hecho de una ya primera ocupación privada de la tierra, que ha caracterizado el talante competitivo de sus gentes.

Pero la reducción de la tenencia de armas a los órganos sociales de defensa no es una simple manifestación de la pacificación natural de un pueblo civilizado, sino que afecta muy esencialmente a nuestro tema de la posible violencia contra el orden establecido. En efecto, el deber moral de acatar la potestad -el poder constituido- no se refiere a los actos concretos de su gobierno, pero la eventual resistencia frente a esos actos concretos tiene un carácter pasivo, de no-obediencia, y, por ello, nunca puede requerir el uso de las armas. Estas, en cambio, son necesarias cuando no se trata ya de desobedecer un determinado imperativo de la potestad, sino de desplazar a esa potestad y subvertir el orden por ella impuesto. Para ello hace falta ya una violencia armada, lo que presupone un uso de las armas contra la reserva de su uso por los órganos oficialmente competentes para utilizarlas, en defensa de la sociedad en general y de los miembros que la componen en particular. A esto nos referimos con el término sublevación. Esta supone el uso de armas contra la potestad legalmente competente para el uso exclusivo de ellas. Se trata entonces de subvertir una situación de poder en su total integridad.

La cuestión que se nos plantea a propósito de la sublevación es ésta: ¿cuándo es lícita la violencia de una sublevación armada?

Siendo el mantenimiento de un orden -aunque sea injusto- el fin primario de la potestad, puede quedar ésta ilegitimada cuando la sociedad comprueba que la potestad no puede o no quiere mantener un orden. Ante ese vacío de potestad no puede menos de resultar lícito el intento de un grupo social que pugna por desplazarlo aunque sea con las armas: es un caso de legítima defensa contra la anarquía. Pero es más complejo el caso de una sublevación contra el orden establecido que se considera injusto. Tal sublevación debe ser armada, pues contra quien detenta las armas no puede hacerse una sublevación que no sea también con armas. Tal sublevación armada, en principio, es ilícita, porque -repetimos- la potestad debe ser respetada, y sólo cabe contra sus actos singulares una desobediencia pasiva, según las reglas de la prudencia. Sin embargo, la legitimidad o no de la sublevación sólo puede determinarse ex eventu. Si tal sublevación armada prevalece, esto ha venido a demostrar que la potestad era más débil que su adversario, y, por ello, que no merecía seguir siendo potestad. La fuerza vencedora en la contienda viene entonces a quedar legitimada por la victoria de las armas, aunque inicialmente su alzamiento fuera ilegítimo. A esto aludía la doctrina escolástica cuando ponía como una de las condiciones para la licitud de la guerra la expectativa fundada de victoria. Tal expectativa puede ser muy subjetiva, y sólo permite un juicio moral de intenciones, pero que se puede objetivar por el resultado. En efecto, si tal sublevado es vencido por la potestad contra la que se subleva, ello es prueba de la definitiva ilegitimidad de su intento, y la represión implacable de tal sublevación es del todo correcta.

La cuestión, sin embargo, tiene otro carácter cuando la sublevación es propiamente militar, es decir, de todo el Ejército o de una gran parte de él. Porque el Ejército es precisamente el órgano oficial para la defensa armada del pueblo. No se trata entonces de sublevación armada contra la potestad detentadora de las armas, sino de un alzamiento en ese mismo órgano de la defensa armada contra el poder al que, en principio, debe obedecer. Para esclarecer la cuestión de esta sublevación militar conviene determinar previamente cuál es la función propia del Ejército dentro de la comunidad a que pertenece. En otras palabras: ¿qué es lo que el Ejército debe defender?

En mi opinión, repetida ya en varias ocasiones, la función propia del Ejército es la de defender la integridad constitucional de esa comunidad: el Ejército es el defensor de la Constitución del pueblo. Sólo él puede serlo, precisamente porque el Ejército no es el Pueblo, sino un órgano exterior a él, y porque sólo él dispone de capacidad para una violencia armada organizada. No cabe pensar que un Tribunal Constitucional pueda ser el defensor de la Constitución, porque, aun admitiendo que tal Tribunal no es propiamente un órgano de autoridad judicial, sino de potestad política, como efectivamente suele ser, carece, sin embargo, de la fuerza de las armas: es un órgano de la misma Constitución, que debe ser defendido como ella y no puede defenderla. Pero hay que tener en cuenta que esa Constitución que el Ejército debe defender no es la accidental ley constitucional, sino la constitución auténtica de un pueblo, aquélla que, en cierto modo, se integra, como algo inconmovible, en el derecho natural de ese pueblo. De ahí que los criterios de pura legalidad no sirvan para determinar el concepto de Constitución que el Ejército debe defender. Así, es el propio Ejército quien, en último término, puede hacer tal determinación, y esto no es más que el reconocimiento del hecho real de la debilidad de un poder que no cuenta con la fuerza de su propio Ejército.

En esa función defensiva se combinan dos virtudes tradicionalmente esenciales del Ejército: la disciplina y el honor. Por la disciplina, el cuerpo militar se halla jerárquicamente organizado y actúa con rígida coherencia, sin la cual sería nula su eficacia. Por el honor, el Ejército debe atender siempre a ese alto cometido de defender la integridad constitucional de la comunidad que tiene encomendada. El conflicto entre las dos virtudes puede darse, y se da, en la experiencia histórica de ese órgano de defensa constitucional. Es claro, repetimos, que no se trata de defender la Constitución escrita que pueda tener accidentalmente aquella comunidad, sino una constitución natural más permanente, la legítima de un pueblo, que puede resultar de difícil concreción, pero que, evidentemente, puede hallarse en contradicción con la legalidad. También aquí, la legitimidad de tal sublevación armada dependerá del éxito, como hemos dicho que sucede en una sublevación armada contra el mismo Ejército dócil a la actual potestad. De hecho, en estos casos de sublevación militar, como fue el de nuestra cruzada del 36, no deja de haber un sector del Ejército que sigue subordinado a la potestad legal, y, por tanto, sólo el éxito de esa contienda interna puede determinar cuál de los dos sectores ha defendido la integridad constitucional de la comunidad que tenía encomendada. Pero en el caso de nuestra cruzada no se trataba de una contienda interna del defensor natural de la Constitución, el Ejército, sino de una legítima defensa frente al vacío de un poder, por lo que la sublevación militar, aunque no de todo el Ejército, fue legítima desde un principio, pues contra la ausencia de orden la causa del que trata de imponer uno es legítima, independientemente del éxito. La victoria de esta causa fundó la legitimidad del nuevo orden, pero la sublevación fue legítima por sí misma precisamente porque no existía orden alguno, sino un simple poder que no merecía el nombre de potestad."


Saludos cordiales,
Antonio Muñoz Ballesta
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Antonio Muñoz Ballesta



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MensajePublicado: Dom Jul 25, 2004 1:41 am    Ttulo del mensaje: Responder citando

Estimados foristas,
DRafael Domingo
Catedratico de Derecho Romano Universidad de Navarra
escribió el 4 de febrero de 2004 Publicado en: ABC (Madrid)
un texto admirable sobre la vida y obra de D.Álvaro:

Una infancia atípica bien aprovechada .Rodeado del cariño de su numerosa familia ha muerto en la Clínica Universitaria de Pamplona, a los ochenta y ocho años de edad, Álvaro d'Ors, uno de los intelectuales españoles más conspicuos de la pasada centuria y de mayor reconocimiento internacional. Pensador original –nunca se dejó arrastrar por la corrección política–, humanistas entregado al oficio universitario, que amó apasionadamente, con su frontis auctoritas, ardor oculorum y praestantia gestus personificaba d'Ors la misma idea de cultura.

Ya su propio nacimiento, el día 15 de abril de 1915, fue pronto conocido por la intelectualidad de la época, a través de una carta que Eugenio d'Ors dirigió a su querido amigo Juan Ramón Jiménez: "Sepa usted y diga a mis amigos que mi tercer retoño ha nacido estos días, varón como los otros dos y que se cristiana mañana con nombre de Álvaro. Tómese nota de él como de un futuro residente [se refiere a la Residencia de estudiantes en "La Colina de los Chopos"]. Ya ve usted, yo estoy hecho ya un joven patriarca, mientras que, por lo visto, usted continúa en Zenobita". (El poeta, casado con Zenobia, seguía sin descendencia).

De educación atípica e irregular, debido a su resistencia a la escolarización, gustaba de recordar el día en que, ya con seis años, su madre María Pérez-Peix, escultora, le enseñó en pocas horas a leer. Esto le permitió sumergirse en la voluminosa biblioteca de su padre, en la que pasó largos ratos aprovechando los frecuentes viajes de Xenius. No es de extrañar, pues, que en este ambiente familiar d'Ors fortaleciera su propio temperamento esteticista, y que años después afirmara que el torno de alfarero, las colecciones de insectos, el dibujo de mapas y las traducciones (ya de niño aprendió el catalán, el francés y el inglés) contribuyeran definitivamente en su primera formación.

Con el traslado de la familia a Madrid en 1923, Álvaro d'Ors se escolarizó en la Preparatoria del Instituto Escuela, donde conoció y se educó con los hijos de los más influyentes intelectuales de la época. Con algunos de ellos –Ortega Spottorno, Pérez de Ayala y Miret Magdalena, entre otros– fundó una revista llamada "Juventud", que quizá no llegara a una docena de números, pero que sirvió para cultivar sus aficiones literarias. Con ironía, me comentó d'Ors que, en cierta ocasión, fue calificada por un popular torero de "birria con buenos apellidos".

Primeras publicaciones y doctorados universitarios La atracción por la belleza clásica embriaga su época de adolescente. En efecto, en 1931, pasa el verano en Londres, donde sus visitas diarias al Museo Británico le convierten al mundo clásico. Mucho influyó en esta decisión la famosa "Oda a la urna griega", de Keats, poeta que ocupó un puesto de honor en sus lecturas de esa época. Su pasión por la armonía de lo concreto y por el rigor le acercó al Derecho romano. Discípulo de los romanistas españoles José Castillejo (1872-1945) y Ursicino Álvarez (1907-1980) y del italiano Emilio Albertario (1885-1948), Álvaro d'Ors irrumpió en los ambientes romanísticos con sus Presupuestos críticos para el estudio del Derecho Romano (1943), que, aunque calificado diminutivamente por él mismo de "librillo programático", fue, junto con el Horizonte actual del Derecho Romano (1944) de Ursicino Álvarez, la obra que, tras la guerra civil española, marcó un nuevo rumbo a los estudios romanísticos en España.

En diciembre de 1943, ganó por oposición la cátedra de Derecho Romano de Granada, pero, ya en verano de 1944, se trasladó por permuta a la de Santiago de Compostela. Allí conoció y se casó, en 1945, con Palmira Lois, de la que nacieron once hijos. Desde Santiago, acudió regularmente, hasta 1948, a la Universidad de Coimbra, para impartir seminarios romanísticos. Esta reiterada colaboración con la Universidad portuguesa culminó años más tarde con el doctorado honoris causa (1983). Lo fue también por la Universidad de Toulouse (1972) y la Universidad de Roma-La Sapienza (1996). A su época santiaguesa corresponden obras señeras como su Epigrafía jurídica de la España romana (1953) o su edición del Código de Eurico (1960).

En plena madurez universitaria En 1961 se incorporó a la recién creada Universidad de Navarra, a cuyo fundador, san Josemaría Escrivá, conoció y trató ya en los años 40. Su entonces novedoso espíritu de santificación en medio del mundo, luego recogido por el Concilio Vaticano II, caló muy hondo en su alma. En la Universidad de Navarra permaneció hasta su jubilación oficial en 1985 como ordinario de Derecho romano y posteriormente como profesor honorario.

Las claves de la Weltanschauung de d'Ors, como la distinción entre autoridad y potestad, persona y sujeto, su concepto de representación, el valor de la naturaleza de las cosas, la importancia del concepto de "servicio" como quicio del Derecho, por citar algunos ejemplos, tienen siempre en sus orígenes un "chispazo" romanístico, ciencia que siguió cultivando admirablemente incluso siendo octagenario, con obras como Las Quaestiones de Africano (1997), Crítica romanística (1999), etc.


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"¡Bienaventurado, no me cansaré de repetirlo, quien ha conocido maestro! Porque ése sabrá pensar según cultura e inteligencia. Habrá gozado, entre otras cosas, del espectáculo, tan ejemplar y fecundador, que es el de la ciencia que se hace, en lugar de la ciencia hecha, que los libros nos suelen dar. Quien aprende ciencia en el libro, corre peligro de volverse escientista, es decir, dogmático de lo sabido; quien, al contrario, recibe lección de maestro sabrá más fácilmente conservarse humanista, porque no se olvidará de la relación entre el producto científico y el hombre que arbitra y crea: y así él tendrá el culto del espíritu creador; no la esterilizante superstición del resultado".

Las deliciosas palabras que Eugenio d'Ors dejó escritas en 1914, en su Flos sophorum, nos sirven hoy para rendir homenaje a ese maestro de maestros que fue su hijo Álvaro d'Ors, de cuyo asiduo trato y fecundo magisterio nos hemos beneficiado miles de juristas de todo el mundo. Descanse en paz.


Saludos cordiales
AMB
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Antonio Muñoz Ballesta



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MensajePublicado: Lun Jul 26, 2004 9:39 am    Ttulo del mensaje: Responder citando

Estimados foristas,

Desde el campo del Derecho Romano el reconocimiento al jurista D.Álvaro D'Ors es inmenso, como muestra :Don Álvaro D´Ors, una vida ejemplar y fructífera
de
Rosario de la Fuente Hontañón (*)


Álvaro D´Ors Pérez-Peix, falleció el día 1 de febrero, en la Clínica Universitaria de Pamplona, España, a los ochenta y ocho años de edad.

Tercer hijo de Eugenio D´Ors y María Pérez -Peix, nació en Barcelona el 14 de abril de 1915. Su madre le enseña a leer a los seis años, y ya en Madrid, con ocho años empieza sus estudios regulares. En el curso 1932-33 inicia sus estudios de Derecho y después de la guerra civil, comienza la docencia en la Universidad Central. Gana por oposición la cátedra de Derecho Romano de Granada en 1943 y al año siguiente se traslada por permuta a la de Santiago de Compostela. En esta ciudad contrajo matrimonio en 1945, con Palmira Lois, y tuvieron once hijos.

Acude con regularidad a la Universidad de Coimbra para impartir seminarios romanísticos. En 1972 se le distingue con el Doctorado Honoris Causa en la Universidad de Toulouse y en 1983 en la mencionada universidad portuguesa. Como experto mundial en Derecho Romano y por su extraordinaria trayectoria como jurista se hace acreedor de innumerables premios y reconocimientos: desde el Premio Nacional de Investigación (1972); la Cruz de Alfonso X el Sabio al mérito docente (1974); la medalla de Oro de la Universidad de Navarra (1990), y el Premio Príncipe de Viana de la Cultura en 1999.

La Universidad de Navarra lo recibe en el curso 1961-62, y continúa como profesor honorario después de su jubilación en 1985. Hasta el año pasado era frecuente verle a diario caminar hacia la Universidad, y en su mesa de trabajo seguía estudiando, viendo la manera de servir a los que tenía a su alrededor, con sugerencias, y abriendo nuevos horizontes en el campo jurídico. Sus obras como "Las Quaestiones" de Africano (1997) y "Crítica romanística" así nos lo demuestran.

Considero un privilegio haber sido alumna de Don Álvaro en el primer curso en la Facultad de Derecho siendo para mí un gran maestro. En sus clases, en las conversaciones, se apreciaba su integridad como persona, nos transmitía su fe, su fidelidad a los principios morales. Un formador por donde se le mirara, como romanista, como padre de familia, como amigo, como cristiano ejemplar.

Desde el año 1995 comencé a mantener una asidua y entrañable correspondencia con ocasión de mi trabajo como profesora de Derecho Romano en la Universidad de Piura. Casi una veintena de cartas enriquecedoras, que ahora debo meditar y profundizar con mas empeño, si cabe, al considerarlas como un legado de valor incalculable. Se emocionaba con las manifestaciones de cariño de mis alumnos, cuando le escribían por su cumpleaños, notaba la proximidad afectiva con su persona y se llenaba de admiración por ello.

Como pionero de la Universidad de Navarra, se enternecía con el inicio de nuestra Universidad, considerándola como un milagro. En varias de sus cartas así lo ha dejado consignado. Es en el año 1968, donde se inicia en una gran zona desértica, y ahora, después de 35 años, se ha convertido en un verde y envidiable Campus Universitario, donde el mensaje y el espíritu fundacional de su Gran Canciller, Josemaría Escrivá, es palpable en toda ella. Disfrutaba cuando le informaba de las actividades que teníamos en la Facultad de Derecho, o las Jornadas de Historia, las de Filosofía, o en el año 2000, las que giraron en torno al Jubileo con los jóvenes.

Me agradeció que le enviara una fotografía de la imagen de la Sagrada Familia que preside el Campus de la Universidad, que colocó en su habitación, y a diario pedía por nosotros en la Santa Misa. En una de sus últimas cartas me remitió una fotografía de un borrico que le envié de Piura, y con el trazo fuerte escribió su poesía del borrico de noria: "Borrico de noria fui y tantas vueltas di...". En ella apreciamos el resumen de su vida, un trabajador infatigable, pendiente de los demás, con afán de servicio, luchador por la paz y la justicia, un padre ejemplar, un cristiano coherente, una persona fiel. La poesía termina diciendo: "...y que pronto espero alcanzar el cielo".

D. Álvaro, muchas gracias por el surco ancho y profundo que ha abierto en la tierra, donde ya han brotado muchos frutos y desde el Cielo continúe intercediendo por cada uno de nosotros. ¡¡¡Gracias Don Álvaro!!!!

(*) Profesora de Derecho Romano y Derecho civil. Universidad de Piura.

Gracias D.Álvaro !
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